Banco Central de Cuba facilita transacciones con cuentas MLC

El Banco Central de Cuba (BCC) anunció una nueva política en la que prevé facilitar las operaciones asociadas a las cuentas MLC. En consecuencia, recalcaron que autorizarían la apertura de estas cuentas a particulares y la realización de trámites a través de ellas, para trabajadores privados.

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Desde julio pasado, las autoridades caribeñas han señalado que eventualmente se aplicará una flexibilización a las operaciones de MLC. Por ello, hablaron de autorizar cualquier tipo de transacción de compra o venta mediante el uso de cuentas MLC.

Sin embargo, es desde el 9 de septiembre que se han desvelado los detalles de esta nueva provisión económica. Esto, tras la entrada en vigor y publicación en el Diario Oficial de la Resolución 222/2021.

Al parecer, esta resolución establece las nuevas condiciones que ahora se aplicarán en Cuba para realizar transacciones con cuentas de MLC. Detalla las reglas establecidas para dichas negociaciones en la compra, venta y prestación de servicios, incluso cuando no sean propiedad del Estado.

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Por lo tanto, existe la posibilidad de utilizar estas cuentas para personas físicas en micro, pequeñas y medianas empresas. Asimismo, su uso está autorizado en personas jurídicas extranjeras; formas asociativas; y cualquier otro sujeto autorizado.

Asimismo, la legislación especifica que las cuentas MLC serán administradas mediante tarjetas magnéticas emitidas en los principales bancos de Cuba.

Es decir, la apertura de cuentas se realizará en el Banco Metropolitano, Banco Popular de Ahorro o Banco de Crédito y Comercio. Mientras, personas jurídicas extranjeras y formas asociativas; podían administrar cuentas corrientes en MLC del Banco Internacional de Comercio y el Banco Financiero Internacional.

Además, estas cuentas permitirán transacciones en pesos cubanos a través de cajeros automáticos, transferencias, puntos de venta, entre otros.

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Condiciones de uso de las cuentas MLC en Cuba

El citado documento también aclara que existen condiciones específicas para realizar transacciones a través de cuentas MLC en Cuba. Pueden variar según el tipo de “actor económico” que desee realizar la transacción.

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Como resultado, se han revelado varias condiciones para las personas físicas; y otros para formas legales de gestión no estatal. Asimismo, explican los requisitos para transacciones de formas asociativas, extranjeros y establecimientos u organizaciones internacionales acreditadas en Cuba.

1.- Transacciones de cuentas MLC para particulares en Cuba

Las personas en Cuba pueden realizar transacciones con sus cuentas en moneda libremente convertible (MLC) en los siguientes casos:

  • Primero, compre en tiendas que vendan artículos exclusivamente en esa moneda.
  • Realizar pagos a entidades estatales responsables de la importación de artículos del exterior. Por tanto, las autorizadas por el Ministro de Comercio Exterior e Inversión Extranjera u otros órganos pertinentes.
  • Recibir transferencias a sus cuentas MLC en Cuba, desde una cuenta en el exterior en cualquier moneda.
  • Finalmente, para transferencias de saldo desde otras cuentas MLC desde cualquier banco del país.

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2.- Cuentas MLC de personas jurídicas de gestión no estatal, micro, pequeña y mediana empresa

Asimismo, las personas jurídicas de gestión no estatal, micro, pequeña y mediana empresa en Cuba pueden utilizar cuentas en MLC en los siguientes casos:

  • Primero, realice pagos de importación y exportación a través de entidades importadoras autorizadas.
  • Realizar pagos en establecimientos donde venden productos o prestan servicios en MLC.
  • Además, para cumplir con los compromisos con concesionarios, usuarios y entidades que garanticen el desarrollo de infraestructura en la Zona Especial de Desarrollo del Mariel u otras entidades autorizadas.

Además, la nueva ley enfatiza que en estos casos, los tarjetahabientes deben tener 100 unidades en MLC para abrir estas cuentas en Cuba.

3.- Formas asociativas

Además, en lo que respecta a las formas asociativas en Cuba, estas son las condiciones para la gestión de cuentas en MLC:

  • Primero, para las compras e importaciones de divisas al por menor.
  • Asimismo, para las demás operaciones autorizadas.
  • Finalmente, entre estos actores económicos, sus cuentas MLC no permiten depósitos o retiros de efectivo.

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4.- Establecimientos u organismos internacionales acreditados en Cuba

Finalmente, la resolución define las condiciones de uso de las cuentas MLC de establecimientos u organismos internacionales acreditados en Cuba.

Las sucursales, oficinas de representación, misiones diplomáticas y oficinas consulares entran en esta categoría. Asimismo, organismos internacionales acreditados ante Cuba y cualquier persona jurídica extranjera radicada en el país.

En consecuencia, los requisitos y características para la explotación de estas acequias en Cuba son los siguientes:

  • Primero, necesitan abrir cuentas corrientes con MLC. Solo pueden recibir fondos de transferencias bancarias extranjeras en cualquier moneda extranjera.
  • Otra alternativa es pedir a los bancos que emitan tarjetas magnéticas asociadas a las cuentas corrientes que ya tienen.
  • Podrán realizar pagos en establecimientos encargados de comercializar productos y servicios MLC a los que tengan acceso.
  • Asimismo, podrán realizar operaciones de importación en MLC.

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Ultimas palabras

Sin duda, estas nuevas políticas sobre el uso de cuentas MLC dan rienda suelta al uso legal de divisas en Cuba. En definitiva, se trata de un cambio radical en la dinámica económica del país; dadas las restricciones que existían hasta hace poco.

Finalmente, para obtener más información; te invitamos a consultar el documento completo publicado en el Diario Oficial.

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