El Ministerio de Energía y Minas de Cuba (MINEM) ha establecido las indicaciones a tener en cuenta por la Unión Eléctrica (UNE) en el proceso de elaboración de los contratos de electricidad fotovoltaica que celebren con personas naturales y jurídicas..
Según el Diario Oficial de la República número 99, en resolución 242/2021, la UNE debe tener en cuenta determinadas indicaciones, como el reconocimiento de una cantidad mínima a contratar de quinientos vatios de energía solar fotovoltaica, sin límite máximo.
Que el precio de la potencia suscrita depende de la duración del contrato; garantizar una reducción del consumo eléctrico mensual de los clientes por un valor de ciento veinticinco kWh por cada kW de potencia suscrito durante la vigencia del contrato; y comprar energía a la tarifa establecida para cada caso, cuando el saldo neto mensual dé como resultado la entrega a la red por parte de los clientes, también se estipula.
La norma legal también establece que las personas físicas y jurídicas deberán depositar el importe del valor de la energía fotovoltaica contratada en las cuentas bancarias que la UNE haya autorizado a estos efectos.
Asimismo, indica que la recaudación que obtenga la UNE de la contratación de energía fotovoltaica será la fuente de ejecución de inversiones en la producción y distribución de energía eléctrica, priorizando el desarrollo de fuentes de energía renovables.
Añade que la Unión emitirá un certificado de producción con fuentes de energía renovable a las personas físicas y jurídicas que contraten energía fotovoltaica.
Por otro lado, la Resolución destaca una lista de precios para la energía fotovoltaica según el período de vigencia del contrato, ya sea de dos, cinco, 10 o 20 años; y con montos en moneda libremente convertible (MLC).
Por ejemplo, a dos años, con una potencia fotovoltaica de 0,5 a 10 KW, establece un coste que puede variar entre 79 y 1.590 MLC. Mientras tanto, para los contratos a 20 años, fija precios entre 750 y 15.000 MLC.
En julio pasado, Cuba aprobó la importación ilimitada de tecnologías que generen u operen con fuentes de energía renovables, sus partes y piezas, con el objetivo de incrementar su participación en la matriz de producción eléctrica en el territorio nacional.
(Tomado de ACN)
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