La Asamblea Nacional aprueba tres leyes relativas al orden territorial y al sistema judicial en el ámbito militar

Los diputados cubanos aprobaron este martes la Ley de Tribunales Militares, la Ley de Procedimiento Penal Militar y la Ley de Ordenamiento Territorial y Urbano y Ordenamiento Territorial, que forman parte del calendario legislativo derivado de la Constitución de la República aprobada hace dos años.

Reunidos en el Palacio de Congresos de La Habana, durante el octavo período ordinario de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, durante su novena legislatura, los legisladores dieron luz verde a las tres leyes., que será revisada por un comité de estilo antes de ser publicada en el Diario Oficial.

Se trata de una disposición necesaria y nueva por la ausencia en el ordenamiento jurídico cubano de normativas en esta materia.

Samuel Rodiles Planas, presidente del Instituto de Planificación Física, dijo que se han tenido en cuenta las tendencias actuales en esta área y se han explorado experiencias de otros países.

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Rubén Remigio Ferro, presidente del Tribunal Supremo Popular. Foto: Irene Pérez

Entre los objetivos que persigue la normativa se encuentran la definición de los instrumentos urbanísticos y territoriales, su contenido, alcance, alcance, órganos de homologación y su gestión, así como las atribuciones de los órganos de poder local. Las personas, el Instituto Nacional y las delegaciones y departamentos municipales de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Asimismo, establece el sistema legal y de tenencia de suelo urbano, instrumentos de ordenamiento territorial, servidumbres, catastro nacional y áreas con normativa especial.

Con esta ley se perfeccionan los instrumentos para la planificación del desarrollo físico y espacial de los territorios y los procesos legales, administrativos y técnicos tendientes a utilizar el territorio de manera sustentable, fijando sus niveles de aprobación.

El texto legal reconoce la necesidad de contar con mecanismos e incentivos económicos, fiscales y legales que contribuyan al manejo sustentable de los suelos.

Rodiles Planas indicó que en la elaboración del proyecto se tuvieron en cuenta los criterios y propuestas de los diputados, así como las propuestas de la población y organizaciones en el sitio web de la Asamblea Nacional del Poder Popular.

Gerardo Enrique Hernández, diputado por Arroyo Naranjo, pidió que la ley no quede en letra muerta y advirtió sobre la necesidad de conocerla en todos los barrios del país.

Ley de Procedimiento Penal Militar (sustituye a la Ley N ° 6 de 1977, vigente en el país)

El presidente del Tribunal Supremo Popular, Rubén Remigio Ferro, explicó que esta ley está en consonancia con el derecho procesal penal moderno, ya que desarrolla en gran medida las bases del debido proceso.

Además, cumple con los artículos 94 y 95 de la Constitución, estableciendo un procedimiento justo en el que el imputado tiene a su disposición todas las posibilidades para defender su caso.

Así, incorpora y consolida principios fundamentales como la disposición de la justicia ordinaria, que se vincula con la inclusión del recurso de hábeas corpus.

El principio de «juez natural» garantiza el carácter imparcial e independiente del tribunal en su función de hacer justicia, subrayó Remigio Ferro.

El presidente del TSP subrayó la importancia del principio de defensa, que incluye “el derecho a un defensor propio o en representación del Estado, el derecho a presentar testigos u otras pruebas, el derecho a no autoinculparse y a establecer recursos contra las decisiones a adoptar ”.

Todo ello configura un marco de garantías esenciales para la protección efectiva de los derechos de los imputados.

La ley de procedimiento penal militar extiende el régimen de acceso, comunicabilidad y participación del imputado o imputado, su defensor, la víctima y el tercero a todas las fases del proceso penal militar, y con ello garantiza el ejercicio del derecho a la defensa.

Asimismo, establece que el proceso penal militar se inicia desde el momento en que la autoridad actuante comunica al presunto responsable los cargos con los que se le imputa, lo cual debe hacerse, si la persona se encuentra detenida, dentro de las 24 horas siguientes a su detención y, en su caso, puesto en libertad, dentro de los cinco días siguientes a la recepción de la denuncia.

También establece que el fiscal militar puede prescindir de la persecución penal por delitos imprudentes e intencionales cuyo marco sancionador no exceda los cinco años de privación de libertad.

La nueva norma regula con mayor precisión el carácter excepcional del recurso a la medida cautelar de la prisión provisional, y refuerza el control judicial (por parte de los tribunales militares) sobre la relevancia de su imposición y su permanencia en el tiempo.

También fortalece los derechos y garantías de la víctima o agraviado, que incluyen la designación de un abogado para que la represente, ofrezca pruebas y asista al juicio como asistente del fiscal. Asimismo, confiere la posibilidad de entablar una acción civil de indemnización o indemnización por daños, y otros.

La ley mejora el sistema de recursos contra las decisiones judiciales, instituye recursos contra las sentencias de los tribunales militares de la región y moderniza el recurso, sus causas y efectos.

Ley de tribunales militares

Sobre la Ley de los Tribunales Militares, que guarda una estrecha vinculación con la Ley de los Tribunales de Justicia, aprobada por la Asamblea Nacional en el periodo anterior ordinario de sesiones, el presidente del TSP dijo que es parte del proceso de reforma judicial en el País.

Se reafirma el carácter independiente e imparcial de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus funciones (artículos 148 y 150 de la Constitución).

La práctica se ve reforzada ya que la mayoría de los conflictos son resueltos, en primera instancia, por los tribunales militares de la región.

Los procedimientos para la elección, nombramiento y tránsito de los jueces profesionales por los distintos órganos e instancias judiciales (carrera judicial) están regulados de manera explícita y transparente y se asimilan a los establecidos para la jurisdicción civil.

La participación de los jueces legos en los actos de administración de justicia está regulada con más objetividad y racionalidad.

Los jueces laicos de la cámara militar del TSP son elegidos por la Asamblea Nacional del Poder Popular; los del resto de tribunales, por las asambleas municipales del poder popular.

Participan en los procesos de acuerdo a las necesidades del servicio judicial (asisten a los procesos judiciales cuando objetivamente son requeridos).

Remigio Ferro señaló que, al igual que los cuatro proyectos de ley presentados en la pasada Asamblea, los de los Tribunales Militares y del Proceso Penal Militar son el resultado de un ejercicio democrático de amplia participación.

Magistrados, jueces, fiscales militares, abogados, profesores universitarios (en particular de la Universidad Militar de Ciencias Jurídicas Comandante Arides Estévez Sánchez), especialistas de los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior, así como el Ministerio del Interior. En este proceso participaron la Unión de Juristas y otras instituciones.

(Tomado de Cubadebate)

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