Tarea de clasificación: algunas preguntas y respuestas

Tarea de clasificación: algunas preguntas y respuestas

Siguen surgiendo muchas preguntas a raíz de la implementación de la primera tarea de comando. Enero de 2021. El diario Trabajadores ha realizado un resumen de las principales preocupaciones que publicamos para su análisis y estudio. (otorgamiento de regímenes e indicaciones para comedores de trabajadores).

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Tomado de Diario de trabajadores

ASIGNACIÓN DEL PLAN
Extracto de Gaceta 71 / Resolución 338

  • Entidades estatales y empresas de capital 100% cubano, junto con las entidades a las que pertenecen, instalaciones que ofrecen servicios de alojamiento y restauración a trabajadores en viajes de negocios, para que obtengan precios preferenciales.
  • El monto del subsidio para vivienda se asigna por persona y dentro del límite definido; Si el trabajador permanece en una habitación con varias capacidades o en instalaciones no administradas por entidades estatales debidamente autorizadas, solo tiene derecho al monto máximo por este concepto.
  • Los trabajadores justifican mediante vales, el monto que se entrega en efectivo para vivienda en entidades estatales; En los casos en que se lleve a cabo en instalaciones no gestionadas por entidades estatales, el justificante deberá contener:
    en) nombre y apellido del propietario;
    B) número de identificación fiscal;
    vs) número de licencia que autoriza la prestación del servicio;
    D) apellido y nombre de la persona que recibe el servicio;
    y) fecha de llegada y salida, número de días y monto total;
    F) firma del propietario.
  • La cantidad entregada para alimentos no requiere documentos de respaldo.
  • Los costos de transporte no forman parte de la dieta y se aprueban como parte del presupuesto de la entidad; Está justificado por un documento acreditativo emitido por el transportista.
  • Los límites máximos a los montos de las dietas se aplican a las unidades presupuestarias, con excepción de la prensa escrita, la radio y la televisión, para las cuales los directores están autorizados a autorizar, con carácter excepcional, montos superiores a los límites máximos fijados.
  • Los dueños de negocios podrán autorizar montos superiores para las bonificaciones, y en estos casos, a los efectos del cálculo de la renta imponible para el pago del Impuesto sobre la Renta, sólo se reconocen como deducibles de los alojamientos establecidos los límites a las cantidades de alimentos y suministros.
  • Cantidad de dieta diaria, sin justificantes, hasta 210,00. Distribuido en el desayuno: 30.00; Almuerzo: 90.00; Almuerzo: 90.00. Para alojamiento, con justificante, hasta 400,00.

INDICACIONES ESPECÍFICAS PARA COMEDOR DE TRABAJADORES
Gaceta 74 / Resolución 144 Sección Novena

  • En los comedores y cafeterías de trabajadores ubicados en las entidades estatales, los precios de venta al público de los productos y comidas ofrecidos a los trabajadores son fijados y modificados por acuerdo de la administración con la organización sindical correspondiente; cubren los costos y gastos totales de venta y complementos de alimentos a precios asequibles, sin subsidios.
  • En los comedores de los trabajadores, las ofertas de comidas preparadas cubren al menos las necesidades correspondientes a consumir para el esfuerzo medio y máximo, con la referencia de los estándares de nutrición social, en base a los recursos nominados en el balance.
  • De la misma forma, pueden alquilar espacios a formas de gestión no estatales para incrementar los servicios y la diversidad de ofertas, de acuerdo con los mismos principios operativos de la red de gastronomía popular.